La Justicia condenó a la empresa al pago de aguinaldo, licencia y aportes por casi 2 millones de pesos. El fallo, emitido por la jueza Elena Salaberry, establece que el sistema de control de la aplicación constituye una forma de “subordinación algorítmica”.
Un reciente fallo judicial podría marcar un antes y un después en el vínculo entre las plataformas digitales y sus repartidores. La jueza Elena Salaberry reconoció la existencia de una relación de dependencia laboral entre un trabajador y la empresa Pedidos Ya, y condenó a esta a pagarle aguinaldo, licencia y aportes patronales por un monto cercano a los 2 millones de pesos.
La sentencia, emitida este martes, aplica la Ley 20.396, vigente desde febrero de este año, que regula las condiciones mínimas de trabajo en plataformas digitales. Según explicó en Informativo Carve del Mediodía el abogado Rodrigo Deleón, especialista en asuntos laborales, se trata del primer fallo que reconoce la dependencia en este modelo de reparto en Uruguay, aunque no es el primero en llegar a la Justicia.
“Es el primer fallo que dice que sí existe relación laboral, pero ya hubo otro anterior que lo negó. En Uruguay los jueces interpretan las leyes con independencia, sin obligación de seguir precedentes, por lo que es normal que haya sentencias distintas en casos parecidos”, explicó Deleón.
El abogado señaló que el fallo se apoya en principios tradicionales del derecho laboral, como el principio de la realidad, según el cual lo que importa no es el nombre del contrato sino lo que ocurre en los hechos. “Podés llamarle contrato de arrendamiento de servicios, pero si tiene las características de una relación laboral, lo es. Si tiene cuatro patas, mueve la cola y ladra, es un perro”, graficó Deleón.
La sentencia también cita la Recomendación 198 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que orienta a los tribunales a identificar la verdadera naturaleza de las relaciones laborales más allá de las formalidades contractuales.
Uno de los conceptos destacados por la jueza es la “subordinación algorítmica”, una noción que describe cómo las plataformas ejercen control sobre los trabajadores a través de los sistemas de la aplicación, asignación de pedidos, rankings de desempeño, horarios y acceso a turnos.
“Es una expresión moderna del viejo reglamento de taller. El empleador antes ponía las reglas en una cartulina en la puerta del establecimiento; ahora lo hace mediante algoritmos. Cambió la herramienta, pero el control sigue siendo el mismo”, resaltó Deleón.
El abogado advirtió que incluso las valoraciones de los usuarios (cuando califican la entrega desde el celular) se transforman en parte de ese mecanismo de control. “Estamos evaluando a un trabajador, aunque no tengamos relación con la empresa”, subrayó.
Por otra parte, indicó que están aumentando los reclamos de repartidores ante la Justicia laboral, aunque el número todavía es bajo. “Son personas que muchas veces llegan de otros países, en situación vulnerable, y no se animan a reclamar por miedo o desconocimiento”, señaló.
También alertó sobre abogados que se aprovechan de esa vulnerabilidad, ofreciendo servicios con comisiones elevadas o acuerdos desventajosos. “Hay gente que llega desesperada y termina renunciando a derechos por la urgencia que se le crea. Es un tema poco hablado, pero real”, sostuvo.
Consultado sobre el panorama internacional, el especialista recordó que Uruguay se mueve en línea con las discusiones que se dan en España y Argentina, donde también se debate el estatus laboral de los repartidores de plataformas.
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