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Exdirector de Catastro cuestionó que no se reclame retroactivamente la diferencia tributaria

Exdirector de Catastro cuestionó que no se reclame retroactivamente la diferencia tributaria

Escuchá la entrevista con el exdirector nacional de Catastro, Augusto Alcalde.

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La situación de la vivienda del presidente Yamandú Orsi en Salinas volvió a poner el foco sobre las obligaciones de declarar ante la Dirección Nacional de Catastro las reformas realizadas en un inmueble y su impacto en el pago de la contribución inmobiliaria y otros tributos.

El exdirector nacional de Catastro, Augusto Alcalde, explicó en Posta Oriental que toda obra nueva o reforma que modifique un inmueble, como la construcción de una piscina, una barbacoa o una ampliación, debe ser declarada previamente ante la intendencia correspondiente y la Dirección Nacional de Catastro, como parte del trámite para obtener el permiso de construcción.

Una vez finalizada la obra, esa información pasa a integrar la base de datos catastral y sirve para actualizar el valor fiscal del padrón, sobre el cual se calculan impuestos nacionales como Primaria, Patrimonio e ITP, además de la contribución inmobiliaria departamental.

Alcalde sostuvo que, si una obra no es declarada, el propietario termina pagando menos impuestos de los que corresponderían mientras la situación permanezca sin regularizar.

Consultado sobre la posibilidad de reclamar los tributos no abonados durante los años en que la obra no estuvo declarada, Alcalde explicó que la Dirección Nacional de Catastro puede actuar de oficio para intimar la regularización de la situación catastral, pero indicó que el régimen vigente no prevé un mecanismo retroactivo de cobro por parte de ese organismo.

No obstante, señaló que las intendencias sí cuentan con regímenes de sanciones por incumplimientos vinculados a los permisos de construcción y manifestó que le resulta «injusto» que, una vez regularizada la situación, el nuevo valor de la contribución inmobiliaria se aplique únicamente hacia adelante, sin recuperar lo dejado de percibir durante los años anteriores.

Asimismo, afirmó que la incorporación de una piscina representa una mejora que incrementa de forma significativa el valor catastral de un inmueble, por lo que entiende que la regularización implicará un aumento del valor fiscal de la propiedad y, en consecuencia, de los tributos asociados.